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Derecho Humano n.º 25: Comida y alojamiento para todos

Vídeo corto que en menos de un minuto ilustra el artículo nº 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de él, así como el de su familia, incluyendo la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudedad, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de sustento por circunstancias más allá de su control.

  • Idioma:

    • Castellano

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